FOLLETO NEO

El Real Decreto 1363/2010 de 29 de octubre, y posteriormente la Ley 39/2015 de 1 de octubre, regulan los supuestos de notificaciones y comunicaciones administrativas obligatorias por medios electrónicos en el ámbito de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.


Desde hace años es totalmente obligatorio para las empresas y profesionales la relación telemática con el Ministerio de Hacienda.


Queramos o no queramos ya no existe otra alternativa más que la relación telemática. Desde esa fecha se terminó cualquier otra posibilidad como la presentación en banco, la presentación a través de mostrador, o la presentación por correo ordinario o certificado.


Igualmente se terminó el que si el Ministerio de Hacienda nos tiene que comunicar algo, lo haga por correo ordinario o certificado.


El Ministerio de Hacienda creará expresamente para cada empresa una cuenta de correo electrónico en el servidor del Ministerio, y ya no podremos argumentar bajo ninguna circunstancia que los comunicados no los hemos recibido.